NACER, VIVIR Y MORIR DIGNAMENTE (II)


LA DIGNIDAD, ATRIBUTO DE TODA PERSONA.

Decir que un hombre es una persona no es otra cosa que reconocer su dignidad. Pero, ¿Qué significa ser persona? ¿Cuáles serían las condiciones para que la vida del hombre sea digna de una persona?

Una primera aproximación a la noción de persona la podremos tener si comparamos al hombre con el resto de animales.
El hombre, a diferencia de los seres inferiores a él, está dotado de conciencia (se da cuenta de sus actos), conoce mediante la razón y actúa con libertad. Así queda contemplado en el artículo primero de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

El ser humano tiene derecho a la autorrealización personal, lo cual supone que sus condiciones de vida le posibiliten el desarrollo personal.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad.

Pero para el hombre una vida digna no puede limitarse a un simple "dejar vivir".

Cada individuo tiene derecho de vivir a sus modo, a su estilo, según su forma de ser y de pensar. Aunque todos los hombres tengan el mismo derecho (el de la vida), el vivir humano no debe ser igualitario ni uniforme.
Por último, la vida digna exige ciertas condiciones exteriores (ambientales), sin las cuales sería irrisorio reclamar y reconocer unos derechos sólo contemplados en el papel, dada la posibilidad de llevarlos a la practica
Nos estamos refiriendo a la calidad de vida. Este concepto aunque de por sí abstracto debe basarse en hechos concretos.



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